En función de la Resolución General AFIP 3890 y sus Anexos, hemos decidido reestructurar la opcion existente en el sistema de “Pesadas Manuales”, la cual se había creado con el objeto de realizar pesadas en forma manual previa autorización del jefe/guarda de Aduana para los casos en que la Balanza Fiscal estuviera fuera de funcionamiento por fuerza mayor, adaptándonos a los requerimientos que comprende el Anexo 1 de este RG, y con la novedad, de interconectar el sistema Depofis electrónicamente con los cabezales de las mismas, dado que la gran mayoría realiza las lecturas de los pesajes con su software propietario por medio de un puerto Serial, algo que para el Depofis sería perfectamente capaz de hacerlo de la misma manera, con la ventaja de no solo cumplir con la resolución a nivel de los datos, sino evitar la duplicidad de carga de los mismos, y reutilizar esa información, como parte de las operaciones que se generen desde la coordinación de cargas, o bien, por parte de los ingresos, consolidados y desconsolidados.
La idea es que la opcion administre tanto las Balanzas de pesaje de Camiones y Contenedores, como las de Pallets, para ello, cada Depositario, deberá cumplir con requerimientos técnicos, tales, como una computadora adecuada para el uso del Depofis y conexión LAN para correr el software cliente, no se recomienda acceder por medio de Remote Desktop, ya que el sistema Depofis deberá abrir los puertos Seriales COM en forma local, y no garantizamos que el protocolo RDP los maneje virtualmente en forma adecuada.
La Opción tendrá un Formulario de Parámetros, en donde estarán los datos fijos y/o variables, como ser el modelo y vencimiento de cada balanza, su puerto de conexión, copias, etc. y otro formulario, en donde se cargaran los datos de las pesadas, las mismas quedarán guardadas en una tabla del sistema, para independientemente de las operaciones consultarlas en cualquier momento, e incluso, formará parte del Tracer de las operaciones, con lo cual desde el buscador de Operaciones, una vista nueva, será la pesada.
El sistema manejará múltiples balanzas, con lo cual, cada operador deberá elegir por la cual realizará un pesaje, cabe aclarar que se deberán realizar siempre desde la terminal que la tenga conectada físicamente.
Este módulo de Pesadas, realizará las impresiones de los Ticket Fiscales, dando cumplimiento a las nuevas exigencias de AFIP al respecto, pudiendo reimprimirlo en cualquier momento y/o circunstancia.
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 3890
Control de peso y volumen de las mercaderías. Datos para la emisión de comprobantes como documentación complementaria. Su implementación.
ANEXO (Artículo 1°)
DATOS DE LOS COMPROBANTES DE CONTROL DE PESO Y VOLUMEN
Los comprobantes emitidos por instrumentos de medición fiscal habilitados por el servicio aduanero contendrán como mínimo los siguientes datos:
A) DATOS GENERALES
1. Código de la Aduana donde se encuentra el instrumento de medición.
2. Código identificatorio de la tabla de lugares operativos de tránsito (LOT).
3. Numeración correlativa.
4. Fecha y hora.
5. Número de certificado de habilitación y fecha de vencimiento del instrumento de medición de que se trate.
6. Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del exportador/ importador en caso de tratarse de una destinación aduanera.
7. Razón social del exportador/ importador en caso de tratarse de una destinación aduanera.
8. Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del Agente de Transporte Aduanero (ATA) o, en caso de no intervenir un ATA, del transportista.
9. Razón social del Agente de Transporte Aduanero (ATA) o, en caso de no intervenir un ATA, del transportista.
10. Identificador de la destinación u operación aduanera.
11. Descripción de la mercadería.
B) MEDICIÓN CON BALANZAS
B.1. VEHÍCULO
1. Patente chasis.
2. Patente acoplado/semi acoplado.
3. Chofer (Nacionalidad, Tipo y N° Documento, Apellido y Nombre).
4. Entrada: DD/MM/AAAA HH:HH.
5. Salida: DD/MM/AAAA HH:HH.
6. Peso bruto (kg).
7. Peso tara (kg).
8. Peso neto (kg).
9. Identificador del contenedor y/o de los bultos.
B.2. BULTOS
1. Identificador de los bultos.
2. Peso bruto (kg).
3. Peso tara (pallet, contenedor u otros) (kg).
C) MEDICIÓN CON TOLVA
1. Nombre del medio de transporte.
2. Silo/celda.
3. Peso acumulado del total de la operación (kg).
4. Registro de cada medición conforme el siguiente cuadro:
Fecha Hora N° de medición Instrumento de medición Peso bruto Peso tara Peso neto acumulado